¿Es obligatorio instalar repartidores de costes de calefacción antes de 2017?

CONAIF, la Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Protección contra Incendios, Electricidad y Afines ha publicado este interesante artículo para aclarar la desinformación actual sobre la medición individual de consumos.

En relación a la supuesta obligación de instalar repartidores de costes de calefacción en las comunidades de vecinos con calefacción central antes de 2017, CONAIF, la Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Protección contra Incendios, Electricidad y Afines, advierte acerca de las informaciones tendenciosas e inexactas que se están difundiendo y de las que en ocasiones se hacen eco algunos medios de comunicación generando confusión en los usuarios de calefacción centralizada e, incluso, entre el colectivo de empresas instaladoras.

Por este motivo, CONAIF, como patronal que agrupa a la mayoría de las empresas instaladoras españolas de calefacción, quiere hacer pública una serie de consideraciones con el único ánimo de poner luz sobre el asunto:

No es cierto, como se puede leer en noticias publicadas recientemente en prensa, que los hogares con calefacción central tendrán que instalar un contador de consumo o un repartidor de costes antes de 2017. Sólo lo harán aquellos hogares que libremente – y sin obligación hasta el momento – decidan voluntariamente individualizar el consumo.

La transposición de la Directiva Europea de Eficiencia Energética 2012/27/UE al ordenamiento jurídico español se ha realizado de forma parcial, a medias. Todo lo relativo a los contadores individuales de consumo y repartidores de costes de calefacción ha sido aplazado hasta que España consiga formar un Gobierno estable, resultante de las urnas o de los pactos de gobierno entre formaciones políticas, que decida sobre este asunto y acabe completando la transposición. No se puede asegurar a día de hoy cuándo actuará el próximo Gobierno en esta materia.

Aunque la Directiva establece el 31 de diciembre de 2016 como fecha límite para instalar los repartidores de costes en edificios existentes dotados de calefacción central, lo cierto es que esta obligación no podrá ser tal hasta que España culmine la transposición de la parte que aún está pendiente. Es posible que esa transposición contenga excepciones por rentabilidad o por zonas climáticas.

Así, y teniendo en cuenta los puntos mencionados anteriormente, la obligación de instalar sistemas de medición para contabilizar consumos o repartidores de costes con válvulas termostáticas en las comunidades de vecinos con calefacción central, ha quedado en suspenso.

No obstante, y habiendo aclarado los conceptos expuestos anteriormente, CONAIF cree en la conveniencia de instalar sistemas de individualización de consumos y válvulas termostáticas en los hogares españoles con calefacción central. Aunque hoy por hoy no sea obligatorio instalarlos, CONAIF aconseja a su colectivo que lo haga por ser una medida que favorece el ahorro de energía y representa una clara oportunidad de negocio.

Por último, CONAIF defiende la instalación de estos dispositivos y válvulas termostáticas por parte de instaladores RITE habilitados, los únicos capacitados para realizar estas operaciones, que quedan amparadas bajo la cobertura del seguro de responsabilidad civil que los instaladores están obligados a suscribir. El carné de instalaciones térmicas de edificios (RITE), expedido por las comunidades autónomas, es la única garantía de buen hacer profesional reconocida oficialmente en España, el instalador no requiere de ninguna otra homologación ni autorización de tipo particular para desempeñar adecuadamente su trabajo.

Fuente: CONAIF, Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Protección contra Incendios, Electricidad y Afines